Bloqueadores Solares spectraban 55 para empresas en Santiago

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Bloqueadores Solares spectraban 55 para empresas... Ver otras ventas

11 Jul 2005





Publicado Por:
arcalauquen


Teléfono:
7503000


Localidad:
SANTIAGO - XIII Región Metropolitana; Provincia de Santiago; Comuna de Santiago.


 
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 Información del Aviso


Producto o Servicio:
Bloqueador solar e Insumos para agricolas








 Descripción del Aviso



link a catalogo
http://www.gotechnology.cl/borrar/mail/spectracatalogo.pdf

aqui encontrara toda la informacion del bloqueador solar spectraban 55
BQ70 UNIDAD BLOQUEADOR SOLAR 70 gr $ 4.200,00

FINAL
BQ125 UNIDAD BLOQUEADOR SOLAR 125 gr $ 4.950,00

FINAL
BQ1000 UNIDAD BLOQUEADOR SOLAR 1000 gr $ 11200.
PRECIOS MAS IVA

ventas@diarca.cl
2-7503000
PROTEJA A SU PERSONAL DE LOS RAYOS DE SOL,
CON LA MEJOR OPCIÓN DEL MERCADO
Protectores solares
Son productos que tienen ingredientes químicos que nos ayudan a protegernos de la radiación UV.
El mecanismo de acción es por absorción, reflexión y dispersión de los rayos ultravioleta que llegan
a la piel. INcrementa su acción la capacidad que tenga el bloqueador para adherirse
¿ Por qué debo usar bloquedor solar ?
Los rayos del sol podrian causarle:
Cancer de piel
Debilitamiento de las defensas del organismo
Manchas en la piel
Daños en los ojos
Foto envejeciemiento (piel envejecida)
¿ Por qué es importante prevenir ?
El cancer de piel tiene una rápida ramificación que podria producir metástasis en otros organos
del cuerpo. Pudiendo llegar a producir la muerte.

Nueva ley sobre protección detrabajadores contra radiación UV
Ley 20.096
Artículo 17.-
Los efectos cientificamente comprobados que produzca la radiación ultravioleta sobre la saludhumana
serán evaluados periodicamente por el Ministerio de Salud, sin perjuicio de las funciones que la ley
asigne a otros organismos para la evaluación de dichos efectos sobre el ganado,especies vegetales
cultivadas, flora y fauna y ecosistemas dependientes o relacionados.
Artículo 19.-
Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en los artículos 184 del Codigo del Trabajo y 67
de la Ley N° 16.744, los empleadores deberan adoptar las medidas necesarias para proteger
efectivamente a los trabajadores cuando puedan estar expuestos a radiación ultravioleta. Para estos
efectos los contratos de trabajo o reglamentos internos de las empresas según el caso deberan
especificar el uso de los elementos protectores correspondientes de conformidad con las
disposiciones del Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los
lugares de trabajo.
Artículo 24.-
Lasdemas infracciones de las disposicionesde esta Ley serán sancionadascon multa a benefico
Será competente para conocer de dichas infracciones el juezde policia local correspondiente sin
perjucio de la competencia que correspondaa los juzgados del trabajo en su caso.





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